NOTICIASREGIONALES

“El 100% de lo recaudado por el pago de Patente Única debería destinarse a las Comunas y Municipios” Hector Cavallero Diputado Provincial

El Diputado del Partido Progreso Social e integrante del bloque FJPV, Héctor Cavallero propone modificar el artículo 328 de la Ley del Código Fiscal. La reforma tiene como fin otorgar mayor transparencia  y simplicidad en la recaudación  de la Patente Única de Vehículos  en relación a los Municipios y Comunas de la provincia. “Consideramos más conveniente, menos burocrático y más justo que el 100 % de la recaudación se destine a cada Municipio o Comuna dónde el vehículo correspondiente se encuentre registrado. Y de ese total  que un 10% sirva para subsidiar el transporte público de pasajeros”.

El proyecto ingresó a la Legislatura Provincial y  propone la modificación al artículo 328° de la Ley Provincial N° 3456 – Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias), el cual tiene por fin otorgar mayor transparencia y simplicidad en la recaudación de la Patente Única de Vehículos en relación a los Municipios y Comunas de la Provincia, debido a las crecientes necesidades públicas de carácter local.

“Es por ello que consideramos más conveniente, menos burocrático  y más justo que el 100 % de la recaudación se destine a cada Municipio o Comuna dónde el vehículo correspondiente se encuentre registrado”.

Los recursos del Estado son los ingresos que éste obtiene de los contribuyentes para destinarlos al cumplimiento de sus fines y encaminarlos al bienestar común. Asimismo y ante los constantes aumentos de los servicios creemos necesario el financiamiento del transporte público de pasajeros urbanos.

“Este proyecto hará aumentar la recaudación de Municipios y Comunas, destinando el 10% a subsidiar el transporte público de pasajeros. A su vez,  se prevé para el caso de las comunas, que puedan subsidiar a sus habitantes en transporte público de pasajeros interurbano hasta en un 70% de lo que perciban por este  concepto; y el 30% restante destinarlo a mantenimiento infraestructura vial”.

Por todo ello, creemos necesario que lo recaudado en concepto del gravamen establecido en el presente Título y las tasas establecidas en la Ley Impositiva, se distribuyan  de la siguiente forma:

a) El 90% será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de cada Municipalidad o Comuna en donde se encuentre registrado el vehículo, e ingresará a sus Rentas Generales.

b) EL 10%  restante, será acreditado automáticamente por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en la cuenta corriente de cada Municipalidad o Comuna en donde se encuentre registrado el vehículo, y será afectado al subsidiar el transporte urbano de la respectiva Municipalidad. En el caso de las Comunas podrán destinar a subsidiar a sus habitantes que utilicen el transporte público de pasajeros interurbano hasta 70% y el 30% destinarlo a infraestructura vial.

Hector Cavallero

Diputado Provincial