NOTICIASPOLITICAREGIONALES

“Agradezco la difusión de nuestras ideas, una buena manera de complementar opiniones”

Particularmente coincido y aliento la idea de que vayan a aunarse entre todos para tener un solo proyecto, de ahí que saludo esta iniciativa de abrir nuestras ideas  a la participación y las propuestas que tengan todos los usuarios y toda la sociedad en general, una manera de trabajar que impulso desde el primer día que ocupé este lugar en el Senado abriendo la banca a quien tenga algo que aportar en beneficio de todos.

Algunos detalles del proyecto del Senador Pirola que ya tiene media sanción.
El senador sostiene que “es necesario contar con una nueva normativa en materia de transporte automotor de pasajeros, no sólo porque la Ley 2.499 data del año 1935, sino porque el paso del tiempo ha convertido en obsoleta sus disposiciones y la actualidad de la materia del transporte de pasajeros exige nuevas normas y nuevas miradas”.

El proyecto presentado por el senador de Las Colonias cuenta con 89 artículos, divididos en 14 títulos. Contempla la participación de los municipios y las comunas, un régimen de concesiones y de sanciones y agrega conceptos como los derechos de los usuarios y obligaciones para los prestadores.
Servicio Público
“El espíritu del proyecto de ley parte de considerar y declarar al transporte automotor de pasajeros como un servicio público y desde esa concepción, legislar sobre sus distintos aspectos”, describe Pirola.

Y recuerda que “la necesidad de una nueva legislación sobre transporte se impone hoy también en razón de la suma de muchos reclamos y denuncias de usuarios por las deficientes prestaciones de los servicios en toda la provincia y por los accidentes de tránsito y tragedias en vidas humanas que debemos lamentar en estos últimos tiempos”.

La iniciativa “consagra el principio de la licitación pública y el otorgamiento de los servicios por concesión, lo que permitirá llevar adelante un sistema de selección de prestadores con mayores ponderaciones técnicas y de eficiencia en la prestación y con menor discrecionalidad”.
Un sistema ágil
La autoridad de aplicación tiene la facultad de reglamentar los distintos aspectos de la ley, en función de las directrices establecidas, con lo cual, “en un sistema ágil, se podrá avanzar en reglamentaciones de gestión, reglamentaciones de carácter técnico, reglamentaciones ambientales y reglamentaciones de seguridad”.

Se incorpora la figura de los usuarios, “estableciendo sus derechos y reconociendo su participación, incluida en un futuro reglamento del usuario”, lo que “se traducirá en un mejor control de los servicios, como se prevé también con la participación de municipios y comunas a través de la firma de convenios”.
El régimen de penalidades se aborda con el mismo criterio. Tiene en cuenta que hoy también se aplican legislaciones como las de tránsito, a través de la ley nacional y la adhesión provincial, corresponde partir de un piso de organización que supere al actual (faltas contempladas en la ley 2.499 y un procedimiento antiguo como el establecido en decreto 1.307/58) y que mediante la reglamentación reconozca la problemática del control y de la sanción y se establezcan los tipos y gradaciones de sanciones, en función de la realidad y la mejora del servicio.