PRODUCCION INFORMA SOBRE EMERGENCIA AGROPECUARIA 2017.
La Secretaría de la Producción de la Municipalidad de Esperanza pone en conocimiento a todos los productores agropecuarios, horticultores, apicultores e instituciones relacionadas, que se ha firmado el Decreto Provincial Nro. 0009 de fecha 16 de Enero de 2017, mediante el cual se declara en situación de Emergencia y/o Desastre a todo el Departamento Las Colonias.
El origen de dicho Decreto se encuentra en la gravedad de los efectos ocasionados por las precipitaciones producidas durante los meses de diciembre de 2016 y enero de 2017, con lo que se agravaron significativamente los perjuicios sobre las actividades agropecuarias en general que ya se venían dando durante el pasado año 2016.
Todos aquellos productores tamberos que ya cuentan con el certificado de Emergencia o Desastre extendido por el Decreto del año 2016, no deberán realizar ningún trámite, y dicho certificado se convierte automáticamente en Desastre Agropecuario. Idéntico tratamiento tendrán las explotaciones de otras producciones (ganadería, agricultura, etc.) cuya deuda por impuesto inmobiliario a devengarse en el período comprendido en la declaración de emergencia y/o desastre del presente Decreto no supere la suma de $100.000, y no deberán realizar ningún trámite administrativo alguno. Aquellos que sí superen dicho monto, deberán presentar nuevamente la declaración jurada correspondiente.
Para los Productores Agropecuarios que presenten la declaración jurada y obtengan el certificado de Emergencia Agropecuaria de conformidad al presente Decreto, y cuyas explotaciones se encuentren en parcelas rurales, se establece el siguiente calendario impositivo del Impuesto Inmobiliario Rural:
IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL |
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CUOTA PRORROGADA |
VENCIMIENTO |
CUOTA 1 / 2017 |
25/08/2017 |
CUOTA 2 / 2017 |
25/10/2017 |
CUOTA 3 / 2017 |
21/12/2017 |
Además, para los productores que obtengan su certificado de Emergencia Agropecuaria y cuyas explotaciones se encuentren en parcelas suburbanas, se establece el siguiente calendario impositivo para el pago del Impuesto Inmobiliario:
IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO |
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CUOTA PRORROGADA |
VENCIMIENTO |
CUOTA 1 / 2017 |
25/09/2017 |
CUOTA 2 / 2017 |
24/11/2017 |
CUOTA 3 / 2017 |
21/12/2017 |
Aquellos en situación de Desastre tendrán el beneficio de la condonación de los impuestos devengados (Inmobiliario Rural/Urbano), comprendidos hasta la fecha de finalización de dicha situación.
En virtud de los beneficios mencionados y ante posible nuevas medidas de asistencia económica que se podrán obtener únicamente con el certificado de Emergencia/Desastre, se solicita a los Productores cuya explotación se encuentre en el Distrito Esperanza y que a su vez no gestionaron el certificado correspondiente al año 2016, se dirijan a la Secretaría de la Producción, para retirar y completar el formulario de Declaración Jurada, y presentarlo luego al Municipio, antes del 31 de Marzo del corriente año.
Para más información tomar contacto con la Secretaría de la Producción, de lunes a viernes de 7:30 a 12:30 hs., o al teléfono 420009 (Int. 167).